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Secretaria Municipal
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JEFES DE DEPARTAMENTOS MUNICIPALES

Secretaria Municipal SECPLAN Dirección de Control DIDECO Administración y Finanzas Juzgado de Policia Local Dirección de Obras Municipales DAEM Salud
IIdefonso Favian Guzman Baschamnn

Dirección de Control (Subrogancia)

Srta. Inés Segura Guzmán  Asistente Social Teléfono contacto: 642 391549 controlpuertooctay@gmail.com

Dirección de Control Interno

 

DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA

La Dirección de Control depende directamente del Alcalde o Alcaldesa y estará a cargo de una o un Director de Control o Contralor Municipal.

 

OBJETIVO

El objeto de la Dirección de Control es apoyar la gestión del municipio y procurar la máxima eficiencia administrativa interna de la Ilustre  Municipalidad de Puerto Octay en el marco de las normas legales vigentes.

 

FUNCIONES GENERALES

  1. a)Realizar auditoría operativa interna de la Municipalidad con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación;
  1. b) Controlar la ejecución financiera y del presupuesto de la Municipalidad;
  2. c) Representar al Alcalde o Alcaldesa aquellos actos municipales que estime irregulares o ilegales, informando de ello al Concejo Municipal, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible;
  3. d) Colaborar directamente con el Concejo Municipal en el ejercicio de  sus funciones fiscalizadoras.  Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario; asimismo, deberá informar, también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los  pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en los Servicios Incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la Municipalidad y de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal;
  4. e) Prestar asesoría al Alcalde o Alcaldesa y demás unidades municipales respecto de los procedimientos y procesos;
  5. f) Proponer modificaciones de procedimientos y procesos que permitan optimizar la gestión interna municipal, así como asesorar la puesta en marcha de cualquier nueva función  o  procedimiento  que se establezca;
  6. g) Controlar la legalidad de las subvenciones otorgadas por el Concejo Municipal;
  7. h) Asesorar al Concejo en la  definición  y evaluación  de las  auditorías  externas que aquél pueda requerir en virtud de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de  Municipalidades   y   efectuar   las   demás  auditorías   que  el  Alcalde o Alcaldesa  le señale;  y
  8. j) Otras funciones que  el Alcalde  o Alcaldesa  le asigne,  de conformidad  con la  legislación  vigente  y que no sean aquellas que la  Ley asigna a otras unidades.

 

FUNCIONES ESPECÍFICAS

 

Respecto al Control de Contratos

  1. a) Revisar el cumplimiento de la legalidad y los antecedentes, de los pagos de los contratos que el municipio contrae con instituciones o particulares para la ejecución de obras, prestación de servicios a la comunidad y para el funcionamiento interno, así como su disponibilidad y correcta imputación presupuestaria, visando las resoluciones de pago respectivas;
  2. b) Verificar la correcta ejecución de los contratos municipales en relación a funciones de las respectivas unidades técnicas municipales;
  3. c) Asesorar a las diferentes unidades municipales en materias relativas  a los contratos y a las  bases de  los llamados a propuestas,  con  el objeto  de disminuir la ocurrencia de errores en la elaboración y cumplimiento  de los mismos;  y
  4. e) Revisar los procedimientos de licitaciones públicas y privadas y dar visto bueno a las propuestas de adjudicación.

 

Respecto a la Auditoría Operativa

 

  1. a) Planificar, diseñar, ejecutar y evaluar las auditorías operativas internas y controles deliberados de la municipalidad y el posterior seguimiento de los resultados de las mismas;
  2. b) Velar por la existencia y pertinencia de los diversos instrumentos de control interno, necesarios para el municipio (Manuales de Estructura, Funciones y Procedimientos);
  3. c) Fiscalizar e informar situaciones específicas que le encomiende el alcalde o alcaldesa y administrador o administradora municipal como por ejemplo informes de contratos de honorarios, pago de horas extras, arqueos de caja y especies valoradas, etc.;

 

Respecto al Control Financiero

 

  1. a) Visar las resoluciones de pagos que efectúa la municipalidad tanto a proveedores como prestadores de servicios, que no están sujetos a contratos;
  2. b) Visar los decretos de pago de remuneraciones, finiquitos, viáticos, desahucios, indemnizaciones del personal y otras, emitidas por las DAF de Educación, Salud y Municipal;
  3. c) Efectuar el control presupuestario y financiero municipal, verificando la disponibilidad y correcta imputación presupuestaria, así como  el correcto  y oportuno registro de los egresos en el sistema de contabilidad gubernamental;
  4. e) Validar en terreno revisiones  tales  como la  existencia  de adquisiciones  de bienes inventariables antes de proceder a la Visación de su pago.